FUNCIONES
- Impulsar las políticas generales en la materia bajo los principios de coordinación, cooperación, coparticipación y corresponsabilidad entre las administraciones del trabajo, procurando la mayor eficacia de la actividad gubernamental y de los actores sociales en las distintas jurisdicciones y competencias.
- Fortalecer las administraciones del trabajo, especialmente su equipamiento y capacitación profesional, pudiendo requerir para ello la asistencia de sus propios miembros o de organismos públicos o privados, del país o del exterior.
- Participar en el diseño de los programas de promoción del empleo y de capacitación laboral y proponer criterios para su financiamiento, procurando su adecuación a las necesidades regionales, evitando tanto exclusiones como superposiciones con programas de otras áreas.
DENUNCIAS
Las denuncias
que recibe el Ministerio de Trabajo
pueden ser colectivas, gremiales, o individuales, existiendo la posibilidad, en este último
caso, de hacerlo en forma anónima. La mayoría de denuncias provienen de las empresas que están en los sectores industria, comercio, construcción y seguridad.
Se puede denunciar que no se paga el sueldo o pago en fuera de término, falta de pago de indemnización, falta de entrega de certificación de servicios, incumplimientos con la LCT, o CCT, violencia laboral, situaciones de trabajo no registrado, o trabajo infantil y/o adolescente irregular.
Se puede denunciar que no se paga el sueldo o pago en fuera de término, falta de pago de indemnización, falta de entrega de certificación de servicios, incumplimientos con la LCT, o CCT, violencia laboral, situaciones de trabajo no registrado, o trabajo infantil y/o adolescente irregular.
SECLO
SERVICIO DE CONCILIACIÓN LABORAL OBLIGATORIA.
Es
el organismo al cual se presentan todos los reclamos individuales y colectivos
referidos a conflictos legales de cuestiones laborales. Es un servicio como
instancia previa y obligatoria para quienes deseen iniciar demandas judiciales
ante la justicia. Si bien
la instancia es obligatoria, no hay obligación, para ninguna de las partes,
de llegar a un acuerdo.
La MISIÓN del SECLO es evitar los conflictos entre trabajador y
empleador e intentar a través de audiencias entre las partes, que se
llegue a una conciliación. Evitando así juicios laborales.
Sólo podrán
acceder al SECLO los empleados o empleadores o ART cuya empresa tenga
domicilio legal en la ciudad de Buenos Aires, o estando radicada en Capital
Federal, se hayan prestado tareas o se haya contratado en la Ciudad de Buenos
Aires, o cuando el domicilio legal del empleador se encuentra en
dicho ámbito. En el
resto de la Provincia de Buenos Aires, la conciliación previa no es
obligatoria, y tramita ante las delegaciones del Ministerio de Trabajo,
ubicados en cada partido.
RECIBO DE SUELDO
Datos del empleador
- Nombre completo o razón social
- Domicilio de la empresa
- Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT)
Datos del trabajador
- Nombre y apellido
- Clasificación profesional
- Código Único de Identificación Laboral (CUIL)
- Fecha de ingreso
- Tareas desarrolladas o categoría de trabajo
CONCEPTOS REMUNERATIVOS
Haberes:
Haberes:
- Total bruto
- Antigüedad
- Presentismo
- Horas extras
- Gratificaciones habituales
- Premios
- Comisiones
- Adicionales por desempeño
- A cuenta futuros aumentos
Descuentos:
- Falta injustificada
- Importe de las deducciones por aportes del empleado (17%) en conceptos de: Jubilación, PAMI, INSSJP, Sindicato, Obra Social
- Importes de las retenciones del impuesto a las ganancias (para aquellas remuneraciones alcanzadas)
- Otros descuentos legales que correspondan.
CONCEPTOS NO REMUNERATIVOS
- Capacitación
- Gratificaciones por una vez o por egreso
- Ropa de trabajo
- Viáticos con comprobante
- Indemnizaciones por preaviso
- Decretos
Otros:
- Importe neto percibido, expresado en letras y números
- Conforme a lo normado en el artículo 12 del Decreto Ley N° 17.250/67: la fecha en que se efectuó el ultimo depósito de aportes y contribuciones en el período inmediatamente anterior, detallando el período que corresponde a tal depósito y en qué Banco se efectuó.
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